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El juez Roberto Gallardo ordenó hoy al gobierno macrista retirar el cartel publicitario instalado por una empresa frente al Obelisco. En tanto, el gobierno porteño aseguró que el cartel en cuestión «cumple con todas las normas vigentes” . Click acá para descargar el fallo completo en formato PDF.

La decisión fue tomada por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Roberto Gallardo, quien consideró la medida debe ser «urgente y expedita» para evitar eventuales accidentes de tránsito.

De acuerdo al fallo difundido hoy, la Ciudad deberá retirar el cartel que había autorizado a colocar a la empresa privada, en respuesta a un amparo de legisladores donde se alertó la supuesta violación de normas de seguridad vial.

«De no adoptarse una medida urgente y expedita, ante la presencia de un eventual siniestro, habría una manifiesta responsabilidad del Poder Judicial por la omisión de cumplir con los deberes constitucionales por los cuales sus miembros juraron, esto es la protección de la persona humana y del medio ambiente», apuntó Gallardo.

Además agregó que «si la afectación a la seguridad de tránsito impone el retiro de un cartel, una posible afectación a la salud y la vida de los ciudadanos que habiten nuestra Ciudad, requeriría de una decisión de igual tenor».

La pantalla cuestionada mide 90 metros cuadrados y se montó en la fachada de un edificio en el cruce de las avenidas Diagonal Norte y 9 de Julio.

El magistrado había en principio ordenado apagar el cartel como medida cautelar, pero ahora dispuso retirarlo al recibir un informe de la Superintendencia Federal de Bomberos.

En este informe se advirtió que el cartel «obstruiría su labor ante un hipotético siniestro».

Esto llevó al tribunal a «adoptar medidas precautorias para prevenir cualquier tipo de daños a la salud y vida de las personas que habitan la Ciudad de Buenos Aires», remarcó Gallardo.

En tanto, el Director General de Ordenamiento del Espacio Público porteño, Juan Carlos Poli, dijo que “el cartel de Coca Cola frente al Obelisco, cumple con todas las normas vigentes”.

Ante la decisión del juez Gallardo, el funcionario sostuvo que “el edificio reúne los requisitos necesarios para casos de evacuación y el cartel aporta una vía más a tal efecto al tener instaladas internamente, rampas de circulación que podrían ser utilizadas en este tipo de situaciones.

Y explicó que está elaborado con «materiales ignífugos y con un retiro de 1,20 metros de la pared del edificio”.

Poli informó además que “el cartel que estaba emplazado antes en esta misma esquina, cubría más frente tapando más pisos, no era removible, y era de neón.

En cambio, el actual cubre parcialmente Carlos Pellegrini, dejando libres parte de esa calle y toda la diagonal Norte, además del piso superior, terraza y primer piso. Y está integrado por paneles fácilmente removibles en casos de emergencia, con tecnología de leds que es compatible con el ambiente”, siempre según el funcionario.

Se concedió el permiso para la instalación porque “está en un todo dentro de la norma 2936 de publicidad exterior y tiene las habilitaciones que requiere la Ley”, enfatizó.