Una resolución más política que legal. La Corte como árbitro de una coyuntura crítica, después del fallo que frenó parcialmente el tarifazo al gas. |
El ruidoso protagonismo que tuvo la Corte Suprema de Justicia esta semana se explica por el empantanamiento general del plan de Mauricio Macri. Desde el punto de vista político, fue un jueves negro para la administración de Cambiemos.
Juan José Aranguren, la cara más expuesta de la derrota, graficó el duro momento con una frase automotivacional a lo Ravi Shankar: “estoy mentalmente bien”, aseguró el ministro autor de esta especie de “125”, en la conferencia de prensa inmediata a la sentencia.
“Deja que la mente se calme y el corazón se abra. Entonces todo será muy evidente”, reza uno de los tantos cualunquismos que comercia el inefable hindú: tal cual, todo fue muy evidente.
El relativo empate político, una expresión deformada de la relación de fuerzas en el terreno social, configura un escenario para la emergencia del bonapartismo judicial.
El Tribunal, bajo la conducción política de Ricardo Lorenzetti, se erigió simultáneamente en árbitro y en dador imperativo de gobernabilidad. Percibió el extendido descontento social por los tarifazos, la medida más elocuente e inmediatamente dañina de una ofensiva global que incluye inflación, despidos y enfriamiento de la economía.
En este cuadro de situación, la Corte primero tomó una determinación política y luego buscó la fundamentación jurídica y doctrinaria.
La resolución suprema se basó en los artículos 42 y 43 de la Constitución Nacional, incorporados en la reforma de 1994.
El primero de los artículos afirma generalidades tales como: “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”. Y complementa la abstracción: “las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios”.
Frente a la avanzada del puro mercado de los años neoliberales (sobre los que se asentaron los «posneoliberales»), la incorporación de esas cláusulas pretendía mostrar un falso control de daños frente a la tierra arrasada del estado de bienestar e incorporaba la consulta ciudadana para evitar los abusos: neoliberalismo salvaje + consultas no vinculantes, era la síntesis para que el mercado no arruine hasta la fachada desgastada de la presunta igualdad democrática.
En su extenso fallo, la Corte fue a refugiarse en la formalidad de las audiencias públicas para imponer un límite al gobierno de Macri.
El límite también incluyó un reconocimiento a la necesidad del ajuste tarifario. Por eso la sentencia contuvo una dura crítica al festival de subsidios de los años de administración peronista y kirchnerista. Quince años pagó ayer, con mil bucos políticos; dijo la Corte. Para dejar en claro que esta impugnación parcial a Macri no es una reivindicación de la política energética del kirchnerismo.
Para amortiguar quirúrgicamente el golpe que estaban propinando al Gobierno, los miembros del Tribunal recurrieron a otra formalidad reduccionista. El recorte para que la sentencia sólo afecte a los clientes residenciales se fundamentó en el envase procesal de «acción colectiva». Un invento de la Corte en el “famoso” caso «Halabi» de 2009 y que requiere que quienes reclaman judicialmente tengan intereses homogéneos. Esta homogeneidad estaría dada porque los usuarios residenciales verían complicado su acceso a la Justicia, cuestión que supuestamente no sucede con los no residenciales.
El abogado, jurista y sociólogo, Roberto Gargarella, demolió en su blog lo que considera las debilidades jurídicas del fallo. Entre ellas, critica esta presunta homogenización artificial impuesta por el Tribunal: iguala a los residentes de González Catán o Florencio Varela, con los de cualquiera de los lujosos countries del Tigre, o a las universidades nacionales con Techint.
Hay que agregar que ésta es la operación básica y función «natural» del derecho (burgués): igualar formalmente a personas realmente desiguales. La igualdad ante la ley no es sinónimo de igualdad ante la vida.
Pero, como bien afirma Gargarella, el objetivo era político: tenderle “de este modo una mano al gobierno, al que se le pega con la otra” y preservar la “legitimidad política-social del tribunal”. CEOs de la propiedad, todo fallo es político.
También impugna otras fundamentaciones como aquellas en las que los supremos aseguran interpretar lo que “realmente pensaban” los que escribieron la Constitución, o las disquisiciones en torno al nivel de intervención estatal para la fijación del precio en “boca de pozo” como si pudiera existir una situación natural de libre juego de oferta y demanda. La realidad es que el neoliberalismo o el pseudonacionalismo son dos formas de intervención del Estado. Uno no es más prescindente que otro con respecto a la economía: son dos formas de colaborar con el mercado de acuerdo al tiempo y las circunstancias. Si dejara de regular el precio en “boca de pozo” (una medida que Aranguren calificó como insostenible), el Estado seguiría interviniendo de manera más o menos directa, porque fija las normas de propiedad, contratos, entre otras muchas cuestiones. Realismo capitalista.
La flojera de papeles jurídicos de la Corte desnuda el carácter político del fallo, los jueces no se ajustaron a derecho, ajustaron los interminables formalismos del derecho para evitar el peligro de que el tarifazo ponga en riesgo la gobernabilidad.
El abogado y profesor de derecho, Gustavo Arballo, definió en su blog (Saber de Leyes no es Saber Derecho) que el fallo transitó un surco de hipotenusa Moncloa entre el cateto del tarifazo y el cateto del anulazo. O, como afirmamos, una resolución a la medida de «Corea del medio».
El llamado al gradualismo y la razonabilidad para la aplicación del ajuste es el mensaje implícito de la Corte. Las circunstancias “imponen al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y su transparencia, a fin de asegurar certeza, previsibilidad, gradualidad y razonabilidad, es decir una relación directa, real y sustancial entre los medios empleados y los fines a cumplir (…)”. El aumento no puede ser confiscatorio y desproporcionado, afirma la sentencia. Por eso se deben “fijar los criterios rectores con relación a la razonabilidad de la política tarifaria a adoptarse respecto a servicios públicos esenciales, con la expectativa de que sean asumidos en el futuro para casos similares».
¿Ajuste? sí, pero en su justa medida y armoniosamente, además, cuidando las formas para lograr que sea digerible. Esa es la orientación que propuso la Corte cuando se encontró ante la encerrona de avalar una de las medidas más antipopulares de los últimos tiempos.
Como adelantó en Twitter el profesor de derecho, Lucas Arrimada, poco antes de la sentencia: “Tarifazo y Corte: mi pronóstico es que la decisión de la Corte de Lorenzetti va a ser lo que sea más beneficioso para Lorenzetti y su Corte”.
Es llamativo el espectáculo que brinda una gran parte del kirchnerismo al que comienza a fallarle la memoria sobre el pasado de Lorenzetti, así como en su momento desarrollaron un veloz Alzheimer segmentado hacia la vidriosa trayectoria de Jorge Mario Bergoglio cuando se convirtió en el Papa Francisco. Es el clásico síndrome de la insoportable necesidad de un César. Si el Vaticano está muy lejos y el Calafate muy golpeado, se puede encontrar un Puerta de Hierro en la cumbre del Palacio de calle Talcahuano.
La cuestión energética está íntimamente relacionada con la cuestión fiscal, y ésta última refiere a quien va a pagar los platos rotos del agotamiento económico en tiempos de crisis. El Gobierno sacó las retenciones al agro y a la minería (bajó las de la soja), mientras subsidia a las petroleras. Esperaba compensar esa pérdida con la quita de subsidios a los servicios públicos y los consecuentes tarifazos. El recorte del gasto estatal y la batalla contra el valor del salario son los pilares estratégicos del “plan”, para que la Argentina del cambio empiece de una buena vez a ser atractiva para los siempre exigentes inversores.
Cómo toda jugada política, el fallo no está exento de contradicciones. Por un lado, deja abierta la puerta a un concierto de amparos que ya están siendo redactados por los abogados de comerciantes e industriales.
Por el otro, sube el volumen de las audiencias públicas a las que el Gobierno ya quiere reducir a su mínima expresión. Sin embargo, con las audiencias se encuentra ante una paradoja: no puede tomarlas realmente en serio (la mayoría se pronunciará lógicamente en contra) porque empantanan el plan, pero si las ningunean escandalosamente, quedan a merced de un mayor rechazo popular. Intervenir en esas limitadas tribunas es una obligación para convocar a la movilización callejera, a excepción que se pretenda dejar los derechos a resguardo del oportunismo de Lorenzetti, Maqueda, Rosatti y la señora Highton de Nolasco.
Marx decía que, cuando se enfrentan dos derechos iguales, la que decide es la fuerza. En este caso, están en disputa fuerzas (sociales) que no han variado sustancialmente su equilibrio: el que decidió fue el derecho, es decir, Lorenzetti. Pero el bonapartismo judicial de coyuntura es, como todo bonapartismo, inestable. No soluciona la crisis, sólo la expone y deja en evidencia los muchos mitos y crudas realidades de lo que no pocos creían que representaba una gran bestia PRO. Esta semana, de un golpazo, depertó en sueños, la vigilia.