32 datos oligatorios
Agencias
25 de septiembre 2014.- El Gobierno argentino aumentó los controles a los pasajeros de vuelos internacionales, que deberán facilitar su dirección, teléfono, modalidad de pago del billete, programa de millas aéreas y número de asiento, entre otros datos, según una resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial.
En el documento se especifican los 32 datos que serán exigidos de los pasajeros que entren y salgan de Argentina por vía aérea, entre los que figuran también la fecha de reserva del billete, el agente de viajes que lo tramitó, cantidad de equipaje con el que viaja e información sobre el tipo de asiento que ocupa.
La información deberá ser entregada por las compañías aéreas a la Dirección Nacional de Migraciones por primera vez 72 horas antes de la partida del vuelo y actualizada “comunicando las novedades” al menos media hora antes de la partida del vuelo y una vez todos los pasajeros “hayan abordado la aeronave”, según detalla la resolución.
Se trata de una normativa conjunta del Fisco argentino, Migraciones, la Administración Nacional de Aviación Civil y la Dirección Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria que entrará en vigor dentro de seis meses.
Según el documento, los nuevos controles permitirán “optimizar los procesos de control y fiscalización, simplificar procedimientos operativos aduaneros, migratorios y de seguridad aeroportuaria”.
Además, pretende incrementar “la eficiencia en la prevención de los delitos, el narcotráfico, el terrorismo internacional, la trata de personas y el tráfico ilegal de inmigrantes”.
Si la aerolínea no envía la información requerida o lo hace de forma inconsistente o inexacta, la normativa prevé “el inicio de las actuaciones sumariales y/o judiciales correspondientes”.
Los nuevos controles conocidos este jueves, en una semana en la que el dólar rozó los 16 pesos por unidad en el mercado negro, se suman a los que rigen desde mediados de 2012, cuando el Gobierno presidido por Cristina Fernández restringió la venta de divisas extranjeras para turismo.
Desde el año pasado, los billetes aéreos y las compras con tarjetas de crédito en el exterior sufren un recargo de 35%.
Las citadas medidas forman parte de las restricciones cambiarias impuestas por Fernández en su segundo mandato, que han provocado el florecimiento de un mercado informal de compraventa de divisas extranjeras.
Los datos que se deberán informar son:
1) Localizador del expediente del pasajero.
2) Fecha de reserva.
3) Itinerario completo del viaje.
4) Nombre y apellido informado de cada sujeto transportado en el PNR (Registro de Nombres de Pasajeros).
5) Información sobre modalidades de pago.
6) Dirección de facturación.
7) Orden de facturación.
8) Teléfonos de contacto.
9) Información sobre programas de fidelización (referida únicamente a millas recorridas y dirección o direcciones).
10) Agencia de viajes.
11) Agente de viajes.
12) Información sobre PNR escindido/dividido.
13) Información sobre la emisión de billetes.
14) Número del billete.
15) Fecha de emisión del billete.
16) Historial de incomparecencia del pasajero (no show).
17) Pasajero de último momento sin reserva (go show).
18) Información sobre listas de espera.
19) Números de etiqueta del equipaje.
20) Número de asiento.
21) Información sobre el asiento.
22) Cantidad de equipaje.
23) Toda otra información recopilada por el sistema de información anticipada sobre pasajeros.
Además, por el Sistema de Información Anticipada de Pasajeros (API), también deberán entregarse los siguientes datos:
1) Código identificativo de la compañía que envía los datos.
2) Número de vuelo.
3) Fecha y hora previstas de salida y de llegada del vuelo.
4) Origen y destino del vuelo.
5) Número total de personas transportadas en ese vuelo.
6) Tipo y número de documento con el que cada sujeto transportado se identifica durante el vuelo.
7) Nacionalidad de cada sujeto transportado correspondiente al documento de viaje presentado.
8) Nombre y apellido completo de cada sujeto transportado, de acuerdo al documento de identificación presentado.
9) Fecha de nacimiento que aparece en el documento de identificación presentado por cada sujeto transportado.