Prensa Latina
Buenos Aires, 7 de agosto 2014.- El cambio de Nueva York por otra ciudad para el cobro de los pagos de deuda por Argentina es hoy una opción para de los acreedores que se acogieron a la reestructuración de 2005 y 2010.
Al juez Thomas Griesa insistir la víspera en retener el dinero que el gobierno argentino depositó en el Bank of New York para pagar títulos de deuda, el país suramericano sugirió a los bonistas reestructurados a cambiar de jurisdicción bancaria para cobrar sus saldos.
El ministerio argentino de Economía que conduce Axel Kicillof aseguró que ese cambio estaría justificado por el «incumplimiento del fiduciario en transferir los fondos que les pertenecen» a los tenedores de la deuda reestructurada.
Esto conllevaría, en dependencia de la decisión de los acreedores, a retirar de Nueva York la jurisdicción bancaria a través de la cual Buenos Aires salda sus compromisos con el 93 por ciento de los tenedores de bonos, y establecer en otra ciudad una nueva plaza fiduciaria.
Eso podría ser en Londres, Luxemburgo o Tokio, lo cual evitaría las intervenciones de jueces, como Griesa, actuantes a favor del minúsculo grupo de fondos buitre.
Por arreglos del gobierno de facto durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983), quedó establecido que Argentina canalizara los pagos de su deuda a través de bancos en Nueva York.
La orden de Griesa congela los 539 millones de dólares depositados por Buenos Aires en el Bank of New York para el pago a los bonistas bajo legislación neoyorquina y de otros distritos internacionales, hasta que el país no le pague los mil 600 millones de dólares que su fallo dispuso en favor de los fondos buitre.
El magistrado autorizó en los últimos días por única vez el pago a tenedores bajo jurisdicción europea y japonesa, pero insistió en retener los depósitos en el BoNY, según el acrónimo en inglés.
Argentina intimó a los bancos a cumplir sus obligaciones de distribuir los fondos, y, a su vez, informó a los acreedores que, según el prospecto de emisión de deuda, «podrán remover al Agente Fiduciario del cargo en cualquier momento y designar a un sucesor».