
Esto lo afirmó el vicepresidente Elías Jaua en una entrevista en Venezolana de Televisión, este lunes por la noche, y explicó que «el presidente históricamente ha delegado en sus vicepresidentes muchas funciones administrativas. Yo tengo varias que heredé de los anteriores vicepresidentes: las jubilaciones especiales, la autorización a los ministerios para comparar divisas en el BCV».
Las ausencias del país del mandatario nacional están precisadas en la Carta Magna. «El constituyente estableció dos supuestos y los colocó en dos artículos: el 234, que es la vacante temporal, y el 235, que es la solicitud del Presidente para estar fuera del país más de cinco días», explicó el vicepresidente Jaua.
