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Por disposición del Banco Central, a partir del viernes no se podrán financiar los viajes y gastos en el exterior en cuotas con tarjetas de crédito. La resolución 7407 ordena a los bancos y empresas emisoras de tarjetas el impedimento de financiar en cuotas los gastos de servicios turísticos.
De esta manera, la forma de financiar los gastos de un viaje al exterior será a través préstamos personales o haciendo frente a la tasa de interés empleada por el sistema bancario para los pagos mínimos, que rondan el 43 por ciento. Mientras tanto, los viajes que se realicen dentro del país podrán abonarse con el programa Ahora 12.
«A partir del 26.11.21 las entidades financieras y no financieras emisoras de tarjetas de crédito no deberán financiar en cuotas las compras efectuadas mediante tarjetas de crédito de sus clientes –personas humanas y jurídicas– de pasajes al exterior y demás servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etc.)», señala la resolución 7407 de Banco Central. También alcanza a las operaciones «realizadas en forma directa con el prestador del servicio o indirecta, a través de agencia de viajes y/o turismo, plataformas web u otros intermediarios», según la normativa del Banco Central.
La financiación de dólares para viajes, turismo y pagos en tarjetas comenzó a incrementarse desde la flexibilización de las restricciones fronterizas por la covid-19 y superó los niveles registrados en los meses de enero y febrero de 2020, previo a la pandemia. En septiembre de este año, la salida de dólares vía turismo externo llegó al máximos desde diciembre de 2019.
«Este resultado fue explicado principalmente por los egresos netos por Fletes y Seguros y Viajes, pasajes y otros pagos con tarjeta por 396 millones dólares y 228 millones dólares», indicó un informe del Central.
Financiación
El BCRA precisó que «los pasajes de avión con destino dentro del territorio nacional se podrán financiar con tarjeta de crédito dentro de los programas de Ahora 12 impulsados por el Gobierno nacional». Según la nueva medida, todos los servicios contratados con el exterior que se paguen con tarjeta deberán ser saldados en un único pago o financiados con la tasa del 43 por ciento fijada para el «pago mínimo» de los resúmenes.
Por una normativa anterior del Central, los bancos solo pueden cobrar una tasa máxima nominal anual del 43 por ciento para el financiamiento de saldos impagos por hasta 200.000 pesos.
En las actuales circunstancias, este interés puede resultar conveniente, teniendo en cuenta que la inflación se ubica en la zona del 50 por ciento. A partir de los $200.000, las entidades financieras podrán aplicar una tasa diferencial hasta el máximo permitido por la ley de Tarjetas de Crédito, establecido en un 25 por ciento más respecto de la tasa que perciben por los créditos personales, y similares a los que aplican las tarjetas no bancarias.