Recientemente, por iniciativa de la bancada de Un Nuevo Tiempo (UNT), en la figura del 1er Vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN), se ha presentado para su discusión la Ley Programa para el Saneamiento del Lago de Maracaibo y de su cuenca Hidrográfica, que ya había sido aprobada por el Consejo Legislativo del Estado Zulia, en el año 2012. Este proyecto de Ley, ha generado en un conjunto de actores sociales (movimientos ambientalistas, biólogos, docentes universitarios, entre otros), notorias preocupaciones, por las implicaciones que puede llegar a tener.

    Ninguno de los que hemos hecho observaciones, nos oponemos a un Plan General que logré cumplir con los objetivos establecidos en el Plan de la Patria, que es ley de la República. Sin embargo, se sostiene que el mencionado proyecto, tal como está establecido, adolece de un conjunto de fallas, que lo hacen inviable, por el impacto a futuro y sus implicaciones ambientales, ecológicas y políticas.

    En primer lugar, lo presentado ignora que el Lago de Maracaibo es un estuario, con unas características particulares, que incluye un sistema con subcomponentes: Golfo de Venezuela, Estrecho, Bahía del Tablazo y el Lago propiamente dicho. Estos elementos, no son considerados en la propuesta. Por ello, comienza con una grave omisión y es el hecho que al ignorar que el Lago es parte de un sistema, el mismo no puede ser tratado como una unidad sino como un conjunto.

    En segundo lugar, al omitir el papel del Golfo, como un factor de regulación del oxígeno y capacidad de dilución de los contaminantes, pero asignándole la responsabilidad de lo que para los proponentes de la ley, es el mayor problema: la “salinización”. Esta afirmación, está plagada de errores históricos y bio-químicos graves. Autores como el cronista de indias Fray Pedro de Aguado o como el experto geógrafo Pedro Cunill Grau, han recopilado testimonios que señalan que las aguas del lago de Maracaibo, nunca fueron totalmente dulces, como se plantea en la Justificación de la ley.

    El problema del Lago, no es esencialmente la sal. El problema del Lago, reside en el hecho que el sistema de autoregulación ha sido afectado, no sólo por la ampliación del estrecho, sino más bien por la pérdida de los afluentes de agua dulce de los diversos ríos y cursos de agua que lo nutren, producto de la deforestación de los cauces y la acción depredadora del sistema agrícola en el Sur del lago, asociado a formas de control de la tierra enmarcados en el latifundismo y la terrofagía. Este aspecto, es totalmente ignorado en la Ley. No se hace mención al impacto ambiental de la explotación del carbón y su transporte por el sistema de navegación lacustre. Son omisiones, que nos generan profundas suspicacias, por su vanalidad y peligroso silencio, ante situaciones de gran complejidad social.

    En tercer lugar, y más grave aún, es que en el proyecto original se incluía (y justificaba) la construcción de un sistema de puertos en el Golfo de Venezuela, con la excusa de reducir el dragado del estrecho y de esa manera “sanear el lago”. Al hacerlo, los proponentes y quienes en el Estado Zulia lo han apoyado (el Gobernador Arias Cárdenas, autoridades universitarias como el Rector Jesús Esparza de la Universidad Rafael Urdaneta, entre otros), pueden ser cómplices de una gran afectación geopolítica.

    El Golfo de Venezuela, ha sido denominado y reconocido así desde las primeras representaciones cartográficas de Juan de la Cosa, en 1500 (siglos xvi). Esa denominación, nos otorga derechos históricos sobre estas aguas. Desde el punto de vista del uti possidetis territorial, se observa que desde las primeras capitulaciones y desde los orígenes del ordenamientos territorial en el Norte de Sudamérica, el Golfo de Venezuela, no se vinculó nunca a unidades territoriales del occidente mismo, sino al este: entre ellas la Gobernación de Alonso de Ojeda, el territorio asignado a los misioneros de Cumaná, el territorio otorgado a Bartolomé de las Casas, las Gobernaciones de Caballero y de Fernández de Enciso. Eso se consolida en virtud, de la Capitulación de los Welsers en 1528. En torno al Golfo se constituyeron las encomiendas de Coro, Borojó, Mitare, Zazárida, Capatárida y se dio el establecimiento hispano de Maracaibo, primero por Alfínger, luego por Alonso Pacheco y finalmente Maldonado (1574). En el siglo XVII, la defensa del Golfo, ante las conquistas de las Antillas Holandesas (Curazao, Bonaire y Aruba) le otorgó un valor geoestratégico, que aún mantiene.
    En el siglo XVIII, se ratificó la vinculación del Golfo con la provincia de Venezuela, aún con la constitución del Virreinato de Santa Fe, en 1739. Cuando en 1777, se incorporó la provincia de Maracaibo a la Capitanía General de Venezuela, se ratificó esa asociación. Las zonas de Cúcuta y Pamplona, han pretendido siempre usar las vías fluviales que conducen al sistema del lago, para sacar sus mercaderías, ante la imposibilidad de hacerlo por el río Magdalena. Con ello, las apetencias geoeconómicas de las élites colombianas, han estado siempre detrás de un acceso al Golfo.

    La firma en 1941, del Tratado de Libre navegación con Colombia, les abrió una puerta para utilizar las vías fluviales y lacustres, sin discutir la condición de aguas históricas que tiene el Golfo, que durante el período 1500- 1950 ejerció con total exclusividad Venezuela. Desde 1950, Colombia ha pretendido acceder al Golfo, por las riquezas petroleras y por el papel geoestratégico que juega en la planificación de Seguridad y defensa de los EEUU.

   La pretensión de la ley de Saneamiento del Lago, de no afectar el uso del sistema lago para el transporte de carbón y permitir la construcción de infraestructuras de puertos de “aguas profundas” en el Golfo, le otorgarían a Colombia mayores excusas para exigir sus anhelos de participación en el área y con ello, acceder a los más de 540.000 millones de barriles de petróleo y las enormes reservas de gas, presentes en el área.

    Los legisladores de UNT, la directiva de la Asamblea Nacional, el Gobernador del Zulia y algunas autoridades civiles (rectores, asociaciones civiles, entre otras) serían responsables históricos de una gran pérdida, al aprobar esta ley en su actual estructura, con la excusa de “sanear” el lago de Maracaibo, nos harían perder parte de los 24.000 km2 del Golfo.

    Sí, tal como está establecido a lo largo de la ley, se permite la construcción de infraestructuras de puertos, para el transporte lacustre en el sur del lago y en la zona del Golfo, no hay ninguna duda que Colombia recurriría a los términos del Tratado de 1941 e incrementaría el transporte comercial. Con ello, se perdería el carácter de aguas históricas o bahías históricas del Golfo.

    Este carácter se ha mantenido por tres razones: 1) la denominación nunca ha sido seriamente objetada por Colombia, pues como hemos señalado sucintamente, el Golfo de Venezuela, ha sido conocido así, inobjetablemente desde el siglo XVI; 2) un uso geopolítico exclusivo; Venezuela desde los tiempos en que primero fue Gobernación, luego Provincia, luego Capitanía, luego parte de Colombia y al separarse, siempre ha ejercido soberanía no compartida en la zona y eso, por la importancia geopolítica que su uso tiene para el país y 3) exclusividad comercial, pues desde siempre (siglo XVI) hasta los inicios de la explotación petrolera en 1914 y desde ahí con continuidad, se ha empleado el sistema Lago- Golfo para sacar la producción petrolera y agrícola comercial de Venezuela.

    Que los legisladores de la MUD, y el Gobernador del Zulia, propongan la construcción de infraestructura portuaria en el Golfo, amenaza la exclusividad de la zona como aguas históricas o bahía histórica, permitiendo que Colombia profundice sus ambiciones geopolíticas en la zona. ¿Entenderán estas autoridades el significado histórico de lo que están planteando?¿Entienden que serían los autores de un despojo territorial, que pondría en duda nuestros derechos de soberanía, ejercidos desde el siglo XVI? ¿Están dispuestos que la historia los señale como responsable de esta pérdida territorial, en términos de plataforma continental, mar territorial y zona económica exclusiva? Pareciera que hasta ahora no, pero espero que con esto, quede testimonio de la responsabilidad histórica que puede llegar a tener, de mantener esta absurda idea.

    La excusa de salvar “al lago de la sal”, que no se justifica, va a generar un impacto geoestratégico terrible para nuestra integridad territorial. Al hacerlo, quienes impulsan esta ley, serán responsables de una pérdida de soberanía. Sería una lamentable forma de ser recordados en la historia de Venezuela. Ustedes tienen la palabra, nosotros cumplimos con advertir y llamar a la reflexión¡¡¡
 
*Historiador/politólogo

*Director del Centro de Investigación y Estudios Políticos Estratégicos (CIEPES)

 

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