La Habana, 1º  de septiembre 2014. – A partir de este lunes, 1ro. de septiembre, entran en vigor las Resoluciones 206, 207 y 208 de la Aduana General de la Re­pública de Cuba (AGR) y la 300 del Ministerio de Fi­nan­zas y Precios, las cuales actualizan la política que en materia aduanera se ha venido aplicando desde 2011.
 

Aunque las nuevas medidas han suscitado diversos puntos de vista, Idalmis Rosales Mila­nés, vicejefa de la AGR, insistió en su pertinencia para evitar que determinadas personas em­pleen los márgenes de importación no comercial establecidos hasta ahora, con el propósito de ingresar al país altos volúmenes de mercancías destinadas a la comercialización y el lucro.

Las medidas tienen como objetivo hacer frente a las “mulas” profesionales.

Los mismos corresponsales de prensa dicen que las cintas de equipaje en el aeropuerto de La Habana parecen transportar las mercancías de un almacén de supermercado.

Muchos cubanos vuelan a Estados Unidos y Europa y regresan a la isla con equipajes que desbordan productos que en Cuba son escasos o muy caros.

El gobierno cubano ha ofrecido ejemplos de “mulas prolíficas” como un pasajero que introdujo 41 monitores de computadora y 66 televisores en un año.

Las nuevas normativas no deben afectar a los pasajeros que realizan sus importaciones de manera racional y se acogen incluso en un 90 % al Canal Verde, por donde transitan quienes no deben realizar ningún pago ante Aduana.

Este Órgano —subrayó— “trabaja mediante análisis de información y de acuerdo con ello selecciona a las personas que serán objeto del control. Luego del 1ro. de septiembre no deben incrementarse los niveles de selectividad que tenemos hoy. Eso significa que no todos los pasajeros serán controlados a su llegada al país (siempre y cuando cumplan con lo establecido), en aras de mantener el tráfico ágil por los aeropuertos”.

Además, “es importante señalar que las ta­reas principales de la Aduana siguen siendo el enfrentamiento al terrorismo, la actividad subversiva, el tráfico de drogas y el contrabando. Esas son las prioridades para el criterio de selección en cuanto al control; luego se ubican las demás aristas”.

De cara a la entrada en vigor de las normativas la especialista Idalmis Rosales Mila­nés recalcó: “Se mantiene que el valor total de los artículos comprendidos en el equipaje, sujeto al pago de los derechos de aduanas —que no formen parte de los efectos per­so­nales— no podrá exceder de 1 000 pe­sos. En tan­to los envíos no pueden pasarse de 200 pesos”.

“También permanece invariable que por los efectos personales no se pagan impuestos. Cuando sea aplicado el método alternativo de valoración por peso a las misceláneas, se mantiene que 25 kilogramos de ellas son consideradas como efectos personales. Y clasifican dentro de esta categoría una laptop, un celular, una cámara fotográfica…”.

“Lo que sí cambia con las nuevas Reso­lu­ciones son las cantidades de algunos de los ar­tículos importados por cualquier vía, sus valores, así como el peso y el cobro del arancel de las misceláneas contenidas en envíos postales, aé­reos y marítimos”, agregó.

Algunas Agencias Internacionales de Noticias están tratando de posicionar que se trata de una restriccción a los viajeros, ocultando las dimensiones del comercio ilegal que hacen algunos y que perjudica a todos.