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El  presente artículo tiene como objetivo explicar en el sentido más amplio y de  una forma más sintetizada una investigación que nació en el Instituto de Altos Estudios para la Defensa Nacional (IAEDEN), y que  busca plasmar el debate en la investigación de estudio acerca de la siguiente pregunta: ¿Existe una Doctrina Militar Bolivariana para la formulación de una Política Pública en Seguridad y Defensa Integral?. La respuesta más elaborada que se pueda dar a esta pregunta está contenida de forma esquematizada en la Propuesta del Candidato de la Patria para la Gestión Bolivariana Socialista 2013 – 2019. Objetivo 1.6 acerca de: “Fortalecer el poder defensivo nacional para proteger la Independencia y la soberanía nacional, asegurando los recursos y riquezas de nuestro país para las futuras generaciones”

La respuesta más aproximada que se pueda indicar es que existe una base doctrinalmente firme capaz de sustentar la construcción de un cuerpo de políticas públicas en materia de Seguridad y Defensa Integral en sus objetivos más estratégicos.

El “Plan Económico y Social de la Nación  2013 – 2019” (Gestión Bolivariana) y la que finalizó exitosamente la del 2007 – 2013  que dispongan identificados claramente a la luz de los objetivos nacionales planteados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el “Proyecto Simón Bolívar 2007 – 2013” la Doctrina Militar Bolivariana como política y base fundamental para la construcción de Políticas Públicas de Estado en Seguridad y Defensa Integral de la Nación.

Necesario es aclarar que la Doctrina Bolivariana es un compendio de ideas y postulados políticos, económicos, jurídicos y militares que llevan una profunda carga ideológica determinante en, la vida y obra del Libertador de 5 naciones Simón Bolívar, necesario para alcanzar una política integral de seguridad y defensa.

Es entonces que el Gobierno Bolivariano se ha planteado bajo los escenarios de cambios profundos del sistema político y social venezolano una planificación a partir del 2 de febrero de 1999 que busca determinar primeramente en la afirmación de su existencia y posteriormente en su consolidación como Sistema Político Aceptado por la mayoría del pueblo venezolano. El documento oficial “Proyecto Simón Bolívar en su Primer Plan Socialista (PPS) del Desarrollo Económico y Social de la Nación para el periodo 2007 -2013” generó siete macro lineamientos sociales, económicos y políticos que de allí se identificó cual es la doctrina imperante y garante del nuevo entramado institucional, la Doctrina Bolivariana sé está formulando como una política pública de Estado, escapando de esta manera a una etérea y fugaz Política de Gobierno que por su naturaleza es de carácter temporal.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Artículo 322, expone claramente la conceptualización del Nuevo Sistema de Seguridad Integral con suficiente amplitud:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999):

La Seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.[1]

Sí la seguridad y defensa integral es un instrumento de análisis estratégico que tiene como fin último proteger los objetivos nacionales, ¿entonces a quién corresponde formularlas? Necesario es establecer su connotación como instrumento político y sí es un instrumento entonces es parte de un conjunto de actividades de políticas públicas. Un ejemplo de ello es:

Una Doctrina Bolivariana para la construcción de la seguridad y defensa (doctrina de la seguridad nacional) en seguridad y defensa integral será la idea inmanente y emancipadora que va a generar una variable antagónica y discordante para la concreción de sus objetivos hegemónicos que se vislumbran sobre nuestra región, nuestra iniciativa desarrolla la actividad de la defensa de manera integral reivindicando la soberanía sobre nuestros espacios y recursos.

La Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación ya es la piedra angular parea formulación operativa que fundamenta los objetivos estratégicos del plan 201 – 2019. Esta Ley determina en su artículo tercero (3) los parámetros de la Defensa Integral donde la define como:

Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación.

La elaboración de los planes estratégicos y otras políticas públicas que impulsa  el Gobierno Central encuentra en esta y otras leyes su fundamento operacional, el Plan Socialista o Plan Simón Bolívar bajo la Nueva Geopolítica Nacional activa por medio la planificación estratégica del Estado la materialización de los preceptos emanados de la Doctrina de Seguridad y Defensa Integral entendiendo a los diferentes Ejes de Desarrollo Territorial[2] y las zonas determinadas por la jurisprudencia para la implementación del resguardo de la soberanía, para ello la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional en todo su articulado y la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación en el articulo cuarenta y siete (47) definen las Zonas de Seguridad como:

Se entiende por Zonas de Seguridad, los espacios del territorio nacional, que por su importancia estratégica, características y elementos que los conforman, están sujetos a regulación especial, en cuanto a las personas, bienes y actividades que ahí se encuentren, con la finalidad de garantizar la protección de estas zonas ante peligros o amenazas internas o externas. El Reglamento respectivo regulará todo lo referente a la materia.

Recientemente la puesta en marcha de las Regiones Estratégicas  de Defensa Integral y sus Comandos a través del Decreto N° 6.239 con Rango, Valor y Fuerza, de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en donde su numeral quinto define y establece, ESTABLECIMIENTO DE LAS REGIONES DE DEFENSA INTEGRAL Y SU COMANDO MILITAR.

Estas regiones (REDI) contribuyen y refuerzan las figuras antes mencionadas para darle operatividad y mayor desplazamiento al Estado en aquellas áreas o zonas que su carácter estratégico así lo determinen. Es importante resaltar la focalidad de la activación de estos instrumentos, que junto a la articulación orgánica con las comunidades organizadas y organizaciones de base del poder popular (como lo señala el artículo 3 del Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno donde

Otro ejemplo de incorporación activa de población en su corresponsabilidad para la defensa es la conformación de la Milicia Territorial y el Cuerpo de Combatientes, muestra de ello es la integración cívico-militar que caracteriza a nuestra nueva doctrina de defensa, basado y fundamentado en el articulo trescientos veintiséis (326) de nuestra carta magna. Este nuevo componente desarrolla las fortalezas de una población consciente de su papel histórico emancipador para aportar a la estabilidad del modelo de Democracia Protagónica Revolucionaria, la independencia, libertad y el poder originario del individuo como pilar fundamental del nuevo modelo socialista venezolano.

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