
El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, justificó hoy en el sesión de control del Congreso este endurecimiento alegando que es necesario luchar contra lo que denomina una espiral de violencia practicada por lo que ha definido como «colectivos antisistema» que practican «técnicas de guerrilla urbana», según recoge Europa Press. Pero la legislación va más allá de los violentos y plantea una nueva batería de restricciones de derechos.
Sin embargo, los violentos no son el único objetivo de las reformas que proponen los conservadores. Otra de sus propuestas es incluir como delito de atentado a la autoridad la resistencia pasiva o activa. En clara referencia a las movilizaciones estudiantiles de Valencia y el movimiento 15-M, con esta legislación podrían ser condenados por atentado todas las personas que acudan a las movilizaciones de los indignados, que suelen llevarse a cabo sin previa notificación a la Delegación de Gobierno.
La participación en estas protestas no será el único acto castigado. La reforma propuesta prevé que sea considerado delito de integración en organización criminal difundir a través de Internet y las redes sociales las convocatorias que «alteren gravemente el orden público», que podrían ser todas aquéllas que no hayan sido notificadas y que se nieguen a abandonar el lugar pese al aviso de la Policía. Exactamente lo que pasó el 15 de mayo y los días posteriores en la Puerta del Sol de Madrid.
España tiene la mayor tasa de presos de toda Europa Occidental y de los índices de criminalidad más bajos Además, se va a introducir entre «las modalidades de acometimiento» (ataque violento dirigido contra un policía) las amenazas y comportamientos intimidatorios o el lanzamiento de objetos peligrosos.
Otra medida, que recoge Europa Press, es que se considerará como agravante cuando las conductas violentas se produzcan en manifestaciones o concentraciones y se incluirá como delito de desorden público los supuestos en los que se penetre en establecimientos públicos o se obstaculice el acceso a los mismos. En este sentido, se ampliará la cuantía de los daños no sólo a los que se produzcan en establecimientos, sino también a los que se deriven por la interrupción de cualquier servicio público.
