Diferentes normativas sobre prostitución
Autor: Panorama Alternativo

Bogotá, 21 de abril de 2012.- Una nueva polémica se ha desatado en Estados Unidos como consecuencia del escándalo que ha comprometido a 11 guardaespaldas del presidente Barak Obama con algunas trabajadoras sexuales de la ciudad colombiana de Cartagena de Indias. Allí, y previo a la Cumbre de las Americas, el presidente de los Estados Unidos hizo retornar a los integrantes de su escolta por no cumplir con acuerdos comerciales previos en materia de servicios sexuales contratados a prostitutas.
Algunos juristas consideran que este hecho no hubiera ocurrido en otros países, principalmente en el norte de Europa (Holanda y Alemania), donde la prostitución es un oficio regulado, en el que sus trabajadores y trabajadoras, pagan sus impuestos y no arrastran una imagen social tan degradada (éste es el llamado «modelo pro regulación» considerándose a las personas que ejercen la prostitución un tipo más de trabajador sexual).
Consideran los abogados en derecho comercial que les hubiera ido muy mal a los guardaespaldas del presidente Obama en otros países del mismo entorno, como Suecia, donde se ha optado por permitir la prostitución penalizando el consumo, es decir, a los clientes (el llamado «modelo abolicionista»): allí, la prostitución se considera una forma de violencia contra las mujeres, y se penaliza a los hombres que las explotan al comprar sus servicios sexuales; en la mayor parte de los casos, las prostitutas son víctimas que requieren ayuda, y se intenta educar al público, pues se considera que la igualdad en el trato hacia ambos géneros (femenino y masculino) continuará siendo inalcanzable mientras haya hombres que compren, vendan y exploten a mujeres, niñas y niños, prostituyéndolos.
Asimismo, en Colombia las normas como el Código Penal y el Código Nacional de Policía, así como la jurisprudencia de la Corte Constitucional, han proporcionado ciertas directrices que pretenden orientar la actividad de la prostitución, pero estas no se compadecen con la grave situación que enfrentan las personas dedicadas a esta actividad y que diariamente se ven sometidas a vejaciones y discriminaciones que atentan contra su dignidad y sus derechos fundamentales.
En Colombia la prostitución en personas adultas no es un delito: la Corte Constitucional Colombiana señala:… Para el Estado social y democrático de derecho la prostitución no es deseable, por ser contraria a la dignidad de la persona humana el comerciar con el propio ser. Pero no puede comprometerse en el esfuerzo estéril de prohibir lo que inexorablemente se va a lleva a cabo y por ello tolera como mal menor, es decir, como una conducta no ejemplar ni deseable, pero que es preferible tocar y controlar, a que se esparza clandestina e indiscriminadamente en la sociedad…
En los Estados Unidos no hay una ley nacional uniforme que regule los servicios comerciales sexuales, motivo por el cual juristas locales vislumbran discrepancias en la aplicación del Tratado de Libre Comercio en el aspecto de reciprocidad o “igual trato” con relación a este tipo de servicios muy utilizados en los Estados Unidos.
La controversia principal se relaciona con algunas especificidades en al menos 10 temáticas existentes en diversos Estados de América del Norte que debieran ser contempladas en la adaptación de la normativa colombiana al TLC firmado entre los gobiernos de los presidentes Santos y Obama:
El sexo oral es ilegal en 18 estados, incluido Arizona.
En Virginia, es ilegal practicar el sexo con la luz encendida.
En Willowdale (Oregon) es ilegal que los maridos digan malas palabras durante el coito.
El sexo fuera del matrimonio es ilegal en Georgia.
En Washington DC, la única postura legal es la del misionero. Las demás son ilegales.
En Connorsville (Wisconsin) es ilegal que un hombre dispare un arma cuando su “compañera femenina” está teniendo un orgasmo.
En Harrisburg (Pennsylvania), es ilegal practicar el sexo con un camionero en un peaje.
En Florida, es ilegal mantener relaciones sexuales con un puercoespín.
En Utah es ilegal casarse con un primo carnal antes de los 65 años.
El sexo con animales es perfectamente legal para los hombres del estado de Washington, siempre y cuando el animal pese menos de 18 kilos.
