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Que los negociantes carecen de escrúpulos, es cosa sabida, pero… demostrar un poco de piedad (o aunque más no sea un poco de decoro) no les vendría nada mal de vez en cuando.

 

Existe esta creencia entre las personas corrientes: las figuras de la radio y de la televisión firman contratos con las empresas que los conchaban en los cuales hay una cláusula de exclusividad. Es decir, mientras estén vigentes tales compromisos contractuales, la figura queda inhibida de presentarse en un medio competidor a la empresa que le da trabajo. Más aún: la empresa se queda con el derecho de usar cuantas veces quiera el nombre de la figura contratada para un fin de promoción institucional.

 

Esto, según esa creencia, formaría parte de los contratos como cosa corriente.

 

Ahora bien. Cualquiera sabe, aunque no sepa otra cosa de Derecho, que los contratos duran, o bien el plazo en ellos establecidos por las partes, o bien hasta que una de las partes fenezca. Quiebra o liquidación para las personas jurídicas, muerte para las personas físicas.

 

La utilización de ese derecho de uso del nombre de la persona contratada aun después de muerta está implícita en los contratos que adquieren derechos intelectuales sobre la obra de alguien. Por ejemplo, el actor muere y el productor que adquirió los derechos de la obra, los seguirá explotando. O para el caso el escritor desaparecido, el editor seguirá explotando la obra del autor. Todo bien. Pero, se entiende que en estos casos serán los herederos del artista desaparecido quienes seguirán cobrando la parte correspondiente de los derechos de propiedad intelectual que produzcan el uso del nombre del finado, y por los términos que establecen las correspondientes leyes.

 

Ahora bien, ¿qué sucede cuando la empresa utiliza el nombre del fallecido que en una época pasada perteneció al elenco de una radio o un canal, pero lo utiliza no como parte de una obra por la cual los herederos del ausente seguirán cobrando los derechos de la obra, sino como parte de una campaña publicitaria que no le aportará nada a los herederos del muerto? Nada de aportes en materia económica, y acaso sí les dé una suerte de malestar en materias menos materiales.

 

La campaña publicitaria que lleva a cabo en estos días radio Mitre para oponerse con fiereza al proyecto de ley de medios audiovisuales incluye los nombres de Néstor Ibarra, Jorge Guinzburg y Adolfo Castelo. El spot le dice a su público que, con una ley como la que está en debate en el Congreso en vigencia, no podrían haber disfrutado de Adolfo Castelo, de Jorge Guinzburg y de Néstor Ibarra.

 

Le publicidad se apoya en un hecho cierto: las tres figuras (de entrañable recuerdo para millones de personas, dicho sea al pasar) trabajaron en algún momento para radio Mitre. Pero, la afirmación de que los aficionados consuetudinarios a la radio no podríamos haber disfrutado de tales figuras es falsa, porque tales figuras hubieran descollado en los medios de todos modos. Todos ellos ingresaron en radio Mitre cuando ya eran figuras consagradas. Es más, en los casos particulares de Adolfo Castello y Jorge Guinzburg, fuimos decenas de miles de aficionados a la radio que nos pasamos de Radio del Plata a Radio Mitre cuando los mencionados dejaron esa radio. Fueron estas figuras quienes nos hicieron disfrutar de Radio Mitre, no al revés.

 

Tal vez podría interpretarse la afirmación que hace el spot en el sentido de que no hubiésemos podido disfrutar de esas figuras en ninguna radio, ya que el spot publicitario parece querer sugerir que el proyecto de ley conducirá a un mundo sin radios, o con radios cautivas de vaya a saber qué tipo de asociaciones maléficas. Pero aun este argumento es falso ni bien uno deja de lado el caso de los mencionados por el spot que ya no están, sino que comprende a todos los mencionados. Afirmar que de no existir Radio Mitre en las condiciones en las que está hoy no habríamos conocido los oyentes a Magdalena Ruiz Guiñazú, Chiche Gelblung, Lalo Mir y otros -además de los tres ausentes- es sinceramente un insulto a todas esas personas. Y a los oyentes.

 

Pero dejando de lado el especto legal de esta utilización de las figuras populares fallecidas para un fin comercial, lo que a primera lectura aparece como un abuso (a no ser, claro, que la letra chica de los contratos incluya una cláusula de utilización comercial del nombre después de muerto y ello le dé beneficios a sus herederos); dejando de lado el aspecto legal, decía, ¿no es una canallada la utilización de los nombres de esos tres ídolos personales para una campaña empresarial de una empresa, y de cuyos beneficios no participarán los herederos de los ídolos cuyo nombre se explota? Yo creo que sí.

 

Nadie sabe ni nunca nadie sabrá qué pensarían de la ley de medios estos tres hombres grandes de la radio si vivieran. Tal vez cada uno de nosotros tenga alguna sospecha de qué podrían pensar cada uno de ellos sobre el tema. Pero no serían nada más que sospechas, de imposible confirmación y, seguramente, contradictorias entre sí.

 

Y esto último es lo que hace de la utilización económica del nombre de estos tres ídolos populares una auténtica canallada por parte del Grupo Clarín. Radio Mitre sí se ha arrogado el derecho de dictaminar qué habría pensado el finado Castelo si aún tuviéramos la dicha de tenerlo entre nosotros. Algo así como: Si Adolfo / viviera / estaría con la Herrera.

 

Una canallada. Y con un agravante: Está ejecutada nada menos que por los herederos del autor de la ley de Propiedad intelectual.

 

Déjense de joder.

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Aquí: el spot publicitario:

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